FAQS FIRMA CONVENIO DE COOPERATIVAS DE CRÉDITO

FAQS FIRMA CONVENIO DE COOPERATIVAS DE CRÉDITO


Meses de negociación han dado como resultado un Convenio Colectivo en Cooperativas de Crédito, el primero negociado y firmado por FINE, que ha logrado una subida salarial del 12%.

  • El Convenio en Cooperativas de Crédito establece una subida mínima en tablas del 12% para el periodo 2024/2026. En función del IPC 2024-2026, las tablas salariales y otros conceptos se actualizarán en tres años entre un 12,48% y un 14,48% acumulado.
  • También recoge un pago único del 1% sobre tablas salariales, con un mínimo de 300 euros que mejora a los niveles más bajos, a pagar en 2024.
  • Por otro lado, la antigüedad se incrementa en 0,5% en cada uno de los años de vigencia del Convenio.
Mejoras sociales:
  • A estas mejoras económicas, se suma un día adicional de vacaciones de manera estructural en el Convenio Colectivo de Cooperativas de Crédito, entre otros beneficios acordados.
  • En cuanto a permisos, el Convenio incorpora la nueva normativa, pasando de tres a cinco días en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con el trabajador en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella, con posibilidad de que se disfruten de forma discontinua siempre y cuando persista el hecho causante.
  • El Convenio Colectivo de Cooperativas de Crédito reconoce el derecho de las personas trabajadoras a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata. En ese caso, las personas trabajadoras tendrán derecho a que sean retribuidas las horas de ausencia por las causas indicadas equivalentes a cuatro días al año.

Puedes ver el documento completo de las FAQ.

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