Cobro de la ayuda de hijos con discapacidad menor al 33%

Conseguimos que se reconozca el cobro de la ayuda de discapacidad menor al 33% en todas las entidades del sector ahorro

27 de julio de 2023 

Ayer, tuvo lugar la décima comisión paritaria del Convenio Colectivo de Cajas y Entidades Financieras de Ahorro, donde desde FINE exigimos a la Patronal que acatara la sentencia dictada por la Audiencia nacional, quien nos reconoce “el derecho de los empleados al cobro de la ayuda para la educación especial, la terapia o el transporte colectivo en el caso de hijos que presenten una discapacidad psíquica, física o sensorial reconocida por los organismos oficiales competente, sin que sea exigible que dicha discapacidad sea igual o superior al 33%, siempre que se acrediten cumplidamente dichas necesidades especiales y los gastos que han comportado”, y hasta el límite de 3.400€, tal y como está establecido en el Convenio Colectivo:



Las entidades del sector no estaban pagando los gastos de aquellos hijos con discapacidades por debajo del 33%, lo que llevó a SECB-FINE a interponer Conflicto Colectivo ante CaixaBank en la Audiencia Nacional, donde nos han dado la razón, ratificando el derecho establecido en el Convenio Colectivo y que hoy hemos conseguido que se traslade a todas las Entidades del Sector con la mayoría de FINE y UGT y el voto en contra de CCOO


 

¿Guerra sindical o defensa de la plantilla?

 

Primero se “intentan apropiar” de nuestros logros en sus comunicados (porque la demanda fue interpuesta por FINE) y “de boquilla” solicitan a las entidades que se cumpla la Sentencia que hoy no han querido rubricar en un acuerdo con la Patronal. Leer su comunicado aquí.




Es incomprensible que, un sindicato que aspira a ser el mayoritario, ponga obstáculos al cobro, por parte de los empleados con hijos con discapacidad menor al 33%, de los gastos previstos en nuestro Convenio, poniendo en peligro un derecho de un colectivo tan sensible como vulnerable, máxime cuando se encuentran entre los firmantes de ese mismo artículo del Convenio que hoy hemos defendido en el seno de la Paritaria sectorial, exigiendo el pago de los gastos a TODAS LAS ENTIDADES, en cumplimiento de la sentencia de la Audiencia Nacional que ha dado la razón a FINE.

Esperamos que todo el sector de Ahorro acate de manera inmediata el acuerdo de la Comisión Paritaria, manteniendo las mejoras que pudieran tener establecidas en el seno de cada Entidad, para que podamos de una vez poner fin a la conflictividad que este beneficio social nos está dejando.


 

En el caso particular de Unicaja Banco:

 

Son ayudas válidas desde el año en que el hijo cumple 3 hasta los 25 años (esta ayuda estará condicionada para los hijos e hijas de entre 21 y 25 años, a que se acredite que se cursan estudios. Y siempre y cuando éste no perciba rentas superiores al salario mínimo interprofesional), de las que se deducirán la ayuda alimentaria judicialmente reconocida en los supuestos de disolución matrimonial.

Para hijos minusválidos la ayuda para el año en curso será de: 3.400 € anuales, teniendo en cuenta que el Plan de Igualdad de la Entidad recoge para hijos con minusvalía igual o superior al 65% la ayuda se incrementará en 1.000 € anuales en importe a recibir por este concepto.

No se requerirá justificación para los gastos anuales motivados por hijos con discapacidad.

Aquellos empleados que, por aplicación de medidas de movilidad geográfica decididas por la Entidad, se vean obligados a cambiar de residencia y sus hijos permanezcan en la ciudad de origen, tendrán derecho a la mejora prevista en el art. 57.5 del Convenio Colectivo.

La ayuda se hará efectiva en la nómina del mes de agosto y para aquellos que tengan que enviar alguna documentación, la misma se hará efectiva en nómina, con posterioridad a la recepción de la misma.



Siempre a tu lado #CESICA_SI